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En el año 2013, Gael García Bernal inició un procedimiento legal en contra de Diageo México, fabricante del whisky Johnnie Walker debido al uso no autorizado de su imagen y la de su familia durante la campaña Caminando con Gigantes, de 2011-2012, en donde se transmitieron 22 comerciales televisivos con su imagen, sin que él tuviera conocimiento. Por lo que busca reparación del daño con una indemnización. Luego de tres años, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) determinó que Diageo México y Diageo Comercializadora habían infringido la fracción II del artículo 231 de la Ley Federal de Derechos de Autor y las condenó a pagar una multa de mil salarios mínimos.

Ocho años después, es decir, este 2021, el litigio escaló hasta La Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual dictaminó, este pasado 17 de noviembre, que Gael García Bernal tiene derecho a ser indemnizado con base en el artículo 216 Bis de la Ley Federal del Derecho de Autor, que dicta lo siguiente:

«La reparación del daño material y/o moral, así como la indemnización por daños y perjuicios por violación a los derechos que confiere esta Ley en ningún caso será inferior al cuarenta por ciento del precio de venta al público del producto original o de la prestación original de cualquier tipo de servicios que impliquen violación a alguno o algunos de los derechos tutelados por esta Ley».

Y aunque los dueños de Johnnie Walker en México alegaron que el objetivo de la campaña era únicamente destacar a grandes personalidades y sin fines de lucro, Gael García Bernal tendrá que ser indemnizado con el 40 % de las ventas del popular whisky.

Por Wachingon